La Audiencia de Madrid ha absuelto
de falsedad documental a la cúpula de la Policía
Científica porque, aunque introdujo «inveracidades» en
un informe incorporado al sumario del 11-M, los
elementos alterados no eran esenciales. Los mandos
policiales, entre otras manipulaciones, eliminaron un
apartado que citaba a ETA, ya que era una «mera
especulación» sin rigor científico.
La sentencia exonera al
comisario Miguel Angel Santano y a tres de sus altos
cargos, cuya conducta, no obstante, es merecedora del
reproche de la Sala: la alteración del informe sobre el
ácido bórico hallado a un acusado por el 11-M, aunque
sea irrelevante desde el punto de vista del Código
Penal, fue una solución «inapropiada» e «incorrecta».
Respecto a Santano, los jueces no han creído su
afirmación de que fue ajeno a la alteración del informe.
«Semejante frivolidad no podía permitírsela», dice,
afirmando que «no cabe duda de que estaba al tanto de
toda la operación».
La operación consistió en alterar el informe sobre el
ácido bórico encontrado en la vivienda de Hasan Haski,
uno de los acusados por el 11-M, que había sido
elaborado por el perito Manuel Escribano.
En ese informe -que «tenía como destino último el
proceso judicial del 11-M», subraya la Sección 15ª de la
Audiencia de Madrid-, Escribano introdujo un apartado de
Observaciones en el que recordaba que también fue
hallado ácido bórico en un piso franco de ETA
descubierto en Salamanca. El perito mencionaba la
«posibilidad» de que «el autor/autores de estos hechos
estén relacionados entre sí y/o hayan tenido un mismo
tipo de formación y/o sean el/los mismos autor/autores».
La Sala estima acreditado que los acusados -el
comisario Santano; su número dos, Pedro Mélida; el jefe
de la unidad central de análisis, José Andradas, y el
responsable del laboratorio químico, Francisco Ramírez,
que se enfrentaban a una petición de seis años de
prisión- conocieron y aceptaron las alteraciones del
informe de Escribano realizadas materialmente por
Ramírez y que afectaron tanto al contenido del documento
remitido al juez del 11-M, como al sobre que contenía
los análisis y al libro-registro de muestras.
De todas esas alteraciones, el Tribunal considera
«problemático» que Ramírez afirmara en el nuevo informe
que él se había hecho cargo de las muestras y había
realizado los análisis, «cuando no fue así».
«Llama enormemente la atención, incluso puede
calificarse de sorprendente, que por altos cargos de una
Comisaría General de Policía, para dar una respuesta
científica a una petición de análisis, se opte por una
solución tan inadecuada e incorrecta», dice el Tribunal,
que destaca que rectificar con tipex el libro-registro
de muestras para que figuraba el nombre de Ramírez en
lugar de Escribano es «inadecuado e impropio de
cualquier organismo oficial, cualquiera que fuera la
importancia o relevancia de ese libro, pues no parece
dudoso que podía incidir sobre el control de la cadena
de custodia». Pero la Sala no ve intención falsaria «al
ser la técnica común de corrección que se utilizaba».
«Aunque ha de compartirse que se incorporaron
inveracidades al documento, ello no significa que se
produjera un daño efectivo, real o meramente potencial
en la vida del derecho a que estaba destinado el mismo»,
ya que no se alteró lo esencial: que se trataba de ácido
bórico. Es más, hay un punto en el que la sentencia
disculpa el proceder de los cuatro policías: actuaron
«muy probablemente abducidos por la enjundia y la
relevancia sociopolítica del caso».
La Audiencia considera acreditado que la pretensión
de la alteración del informe fue suprimir la alusión a
ETA. «Todo apunta», afirma, «a que el detonante de tal
oposición fue la referencia al informe pericial derivado
de un registro efectuado en un piso franco de ETA».
«Así lo confirmó el testigo Manuel Escribano y es
creíble», añade, «pues de todos es sabido las
connotaciones políticas y mediáticas que tenía la
posible intervención de esa banda terrorista en los
asesinatos del 11-M. Hasta tal punto les afectó que
fueron capaces de adoptar una solución tan conflictiva
como la que ha dado lugar a este procedimiento, y que
todos asumieron».
La asumió, en particular, el comisario Santano, pese
a que en el juicio, tratando de minimizar este episodio,
sostuvo que fue ajeno al nuevo informe porque de las
pericias se encargaban sus subordinados. Los jueces no
le han creído: «Tal actitud es incompatible con la
responsabilidad derivada de su cargo, cuando se trataba
del asunto más importante de este país, a nivel policial
y judicial. Semejante frivolidad no podía permitírsela
el titular de la Comisaría General de Policía Científica
(...). Por lo que, cualquiera que fueran sus
motivaciones últimas, no cabe duda de que estaba al
tanto de toda la operación y que conocía y secundaba
todos las decisiones», reza el texto.
Para la Sala, es «obvio» que los mandos de la Policía
Científica «no actuaron correctamente» pues debieron
dejar constancia formal de la sustitución de Escribano.
Pero «no toda irregularidad administrativa» es
delito, señala la Audiencia, que, además, estima
«comprensible» que los acusados quisieran eliminar las
Observaciones de Escribano porque «no parece razonable
que este perito completara la pericia con unas
especulaciones que carecían del rigor necesario». «El
hecho de que apareciera en el piso de un miembro de ETA
una pequeña cantidad de ácido bórico, sustancia que
tiene varios usos domésticos y que sólo suele vincularse
en el ámbito delictivo con el corte de la droga», añade,
«nada iba a aportar, en principio, a la investigación de
un delito de terrorismo, y en cambio sí iba a generar
confusión y turbiedad en la investigación y en la
opinión pública».
elmundo.es
Documento:
Lea el texto íntegro de la sentencia.
FRASES CLAVE DE LA SENTENCIA
Inveracidades no delictivas: «Aunque ha de
compartirse que se incorporaron inveracidades al
documento, tales como que Ramírez fue el autor de dicho
informe analítico, ello no significa que se produjera un
daño efectivo (...). Se produjo una mutatio veritatis
[mutación de la verdad] objetiva, pero para que fuera
típica [delictiva] hubiera sido necesario que afectara a
su esencialidad».
La mención a ETA. «Todo apunta a que el detonante de
tal oposición [de los mandos al informe de Escribano]
fue la referencia al informe derivado de un registro en
un piso franco de ETA. Hasta tal punto les afectó que
fueron capaces de adoptar una solución tan conflictiva,
y que todos asumieron».
La justificación. Los policías actuaron «muy
probablemente abducidos por la enjundia y la relevancia
sociopolítica del caso».
Actuación sorprendente. «Llama enormemente la
atención, incluso puede calificarse de sorprendente, que
por altos cargos policiales se opte por una solución tan
inadecuada e incorrecta».