ESPAWEB.INFO

ESPAÑA EN LA RED

último mensaje de la Virgen María Reina de la Paz en nuestro planeta

Véa el último mensaje de la Virgen María Reina de la Paz en nuestro planeta

RESTAURANTES     

CASAS RURALES Y APARTAMENTOS

CLÍNICAS

TIENDAS-COMPRAS

 

Página Principal  

PADRE PIO, Los milagros desconocidos

NO al aborto y SÍ a la vida pincha aquí

Dominios, Alojamiento y Diseño Web

Anunciarse aquí más información

 

HOTELES Reserve su hotel al mejor precio

 

RELIGIÓN

Los cómplices de ETA

Acontecimientos de la Historia de España

MEMORIA HISTÓRICA

Defensa de la HISPANIDAD

El Saqueo de España

Nacimiento de futuros terroristas

Disparates y barbaridades del Gobierno del PSOE

Datos Económicos de España

Mentiras y manipulaciones de la Historia

EL SUICIDIO DE UNA NACIÓN - España se rompe

LA TRAMA CIVIL DE ETA

LA DESTRUCCIÓN DEL MAYOR BOSQUE DEL PLANETA

 

 
 Martes, 1 de julio de 2008. Año XX. Número: 6.476.
ESPAÑA
 
11-M
El fiscal sobre el fallo del 11-M: 'En modo alguno están todos los que son'
Luis Navajas da a entender que gran parte de la trama está aún por descubrir pese a que no recurre las absoluciones de los tres supuestos cerebros El abogado de la asociación de Pilar Manjón solicita la condena de los hermanos Toro por considerar probada su participación en los hechos
MARIA PERAL / MANUEL MARRACO

MADRID.- «En el proceso del 11-M son todos los que están, pero en modo alguno están todos los que son». La afirmación no corresponde a ningún teórico de la conspiración, sino al fiscal de Sala Luis Navajas, que ha pedido al Supremo que condene a Rabei Osman, El Egipcio, por pertenecer a un grupo terrorista, aunque no le vincula con los atentados. Ayer comenzó ante la Sala Penal la vista de los recursos de casación contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional.

En el fallo figuran siete absoluciones y 21 condenas, pero de estas últimas únicamente hay dos que corresponden a ejecutores materiales de los atentados (Otman Gnaoui y Jamal Zougam), sólo hay una por cooperación necesaria (Trashorras, por el suministro de los explosivos), la catalogación de dirigente terrorista se reduce exclusivamente a un condenado (Hasan Haski) y la mayoría son colaboradores y miembros de la célula islamista de Madrid, pero sin relación alguna con los atentados. A ello hay que añadir la ausencia total de ideadores o cerebros de la masacre, dado que los tres a los que se imputaba esa función (El Egipcio, Yusef Belhadj y Haski) han sido absueltos de ese cargo.

El balance da la razón al fiscal: es seguro que no están todos los que son. Pero lo llamativo es que, si el Supremo le hiciera caso, las lagunas de conocimiento sobre lo que sucedió el 11-M seguirían siendo las mismas tras la fase de casación. En una patente devaluación de las tesis que sostuvo en la primera instancia, el Ministerio Público ha abanderado la defensa de la sentencia de la Audiencia Nacional y únicamente impugna la absolución de El Egipcio en lo que se refiere a su pertenencia a la célula islamista de Madrid, sin cuestionar su exoneración como autor por inducción de la masacre.

La Audiencia no vio pruebas suficientes para considerar a Osman cerebro de los ataques a los trenes, en los que 191 personas perdieron la vida. También le absolvió del delito de pertenencia a organización terrorista, argumentando que ya ha sido juzgado por los mismos hechos en Italia. Sucede, sin embargo, que el fallo italiano no es firme, ya que está pendiente del pronunciamiento de la última instancia, el Tribunal de Casación. En ello se basa la Fiscalía del Supremo para defender una incorrecta aplicación por la Audiencia Nacional del principio non bis in idem, que impide castigar doblemente por un mismo delito y que sólo puede aplicarse cuando hay una sentencia firme.

Navajas, que encabezó la representación del Ministerio Público al ser el fiscal de Sala del Supremo más antiguo, manifestó que «podría decirse que el recurso de la Fiscalía carece de eficacia práctica porque Osman va a ser condenado con seguridad en la juridicción italiana». «Sin embargo», añadió, «aquí no sólo está en juego la libertad de este procesado, sino también una correcta interpretación de los principios penales de la cosa juzgada y del bis in idem. Y está en juego la integridad de la jurisdicción española, aspectos que viola la sentencia de la Audiencia Nacional».

El fiscal había iniciado su intervención con un recuerdo a las víctimas de los atentados, algunas de las cuales presenciaron el debate en el solemne salón de plenos del Alto Tribunal. Navajas defendió que las leyes nacionales e internacionales permiten el doble enjuiciamiento de una persona por los mismos hechos delictivos e incluso una doble condena en jurisdicciones diferentes, siempre y cuando la pena impuesta en la primera (en este caso, en Italia) sea descontada de la que recaiga en la segunda. A la espera de lo que decidan los jueces de casación italianos, El Egipcio ha sido condenado por la Corte de Apelación de Milán a ocho años de cárcel, mientras que la Fiscalía española pide ahora para él 10 años de prisión. De esta forma, la trascendencia práctica de su eventual condena por el Supremo se limitaría al cumplimiento de dos años de cárcel.

No obstante, para que esa condena se produzca hará falta, además, que la Sala estime que hay base probatoria suficiente para dar por acreditado que El Egipcio formó parte de la célula yihadista de Madrid, y este aspecto fue totalmente omitido por Navajas en su intervención pese a la parquedad de la sentencia de la Audiencia Nacional a la hora de concretar las conductas delictivas de Rabei Osman y exponer una valoración de las pruebas.

Las acusaciones particulares hacen una apuesta más arriesgada que la del fiscal y pretenden que El Egipcio sea condenado, como inductor de los atentados, a más de 42.000 años de prisión. En nombre de Pilar Manjón, el abogado Antonio Segura criticó la certeza del fiscal en que Osman va a ser condenado en firme en Italia. «También podría ser absuelto», dijo, «y entonces, si no se le condena aquí, el coordinador de las células islamistas en Europa quedaría libre».

Segura sostuvo, además, que no hay identidad entre los hechos que se le imputan en Italia y en España. «No es lo mismo porque yo represento a más de 800 víctimas y ninguna de ellas ha obtenido Justicia en Italia. En Italia no se ha condenado a Osman por 191 asesinatos, sino como miembro de una organización yihadista».

Segura y otros letrados de víctimas del 11-M, como Manuel Murillo, afirmaron que la Audiencia Nacional ha incurrido en una «errónea concepción» de lo que es una organización terrorista yihadista.Según ellos, estas estructuras carecen de jerarquía, son autónomas unas de otras, se crean para cometer atentados concretos en sitios determinados y no tienen el propósito de persistir en el tiempo, «porque los autores se inmolan y los dirigentes, que son más listos y no se inmolan, se van a formar otras células», dijo Segura, en referencia a El Egipcio.

elmundo.es

Especial:

11-M: la sentencia.


Un rasero distinto para cada lado de la mesa

MADRID.- Mediados de noviembre de 2003 en una hamburguesería de Madrid. A un lado de la mesa, Rafá Zouhier, Rachid Aglif y Jamal Ahmidan, 'El Chino'. Enfrente, Antonio Toro, Carmen Toro y José Emilio Suárez Trashorras. A excepción de Ahmidan, que se suicidó en el piso de Leganés, y de los hermanos Toro, todos los demás figuran como condenados en la sentencia de la Audiencia Nacional.

«No es lógico que de una parte de la mesa se condene a todos y de la otra parte sólo a Trashorras, que se absuelva a la mitad por pertenecer a un sitio o a otro. Esto, desde luego, la víctima a la que represento no lo ha entendido», dijo ayer el abogado de Isabel Ruiz, Fernando Luján.

Según la Audiencia Nacional, en esa reunión se trató de una deuda derivada del tráfico de hachís, pero no quedó demostrado que se acordara saldarla con la entrega de dinamita. En un encuentro anterior sí se habló del suministro de 60 kilos de explosivo, pero no estaba Antonio Toro y su hermana Carmen se sentó en una mesa aparte.

Según las acusaciones particulares, sin embargo, habría elementos para condenar a los Toro por la aplicación de la misma doctrina -el 'dolo eventual'- que ha permitido imponer a Trashorras 34.715 años de cárcel. Sostienen que tanto Antonio como Carmen conocieron los tratos de Trashorras con los islamistas y pudieron representarse mentalmente que la dinamita no podía tener otro destino que la comisión de delitos, por lo que asumieron el resultado de los atentados.

Es la misma tesis que pretenden que se aplique a Zouhier, condenado sólo como colaborador de la célula islamista de Madrid y no como cooperador necesario de la masacre.

Las acusaciones consideran que la Audiencia ha aplicado raseros distintos en otros casos. Antonio Segura afirmó que la sentencia de la primera instancia incurre en una «contradicción» y en un «error flagrante» al declarar probado que los siete suicidas del piso de Leganés fueron los que colocaron las bombas en los trenes y, sin embargo, exonerar al octavo inquilino, Abdelmajid Bouchar, que huyó.

 © Mundinteractivos, S.A.
 

 

 
 
 
 

 

TODO SOBRE EL GOLPE DE ESTADO DEL 11 DE MARZO DE 2004 EN MADRID

(200 muertos, miles de heridos y cambio de gobierno)

LAS MENTIRAS DEL 11-M

ENIGMAS del 11-M

LA IGLESIA EN LLAMAS: LA PERSECUCIÓN RELIGIOSA EN ESPAÑA DURANTE LA GUERRA CIVIL

HUMOR

ENEMIGOS Y TRAIDORES A ESPAÑA

Los Crímenes de la República de Zapatero

 
 

La Constitución traicionada

Persecución Religiosa y guerra civil

Matanzas en el MADRID republicano

 

 

ANTONIO ARANDA BOLÍVAR  Calle San Eufrasio nº 9  piso 1º F  - 23740 ANDÚJAR (JAEN) - ESPAÑA

TELÉFONO FIJO: 953 51 31 96  -  TELÉFONO MÓVIL: 600 591 749

Hit Counter