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 Viernes, 14 de noviembre de 2008. Año: XVIII. Numero: 6906.
ESPAÑA
 
FINANCIACION ILEGAL DEL PSOE / Seis meses de cárcel para Aida Alvarez y su pareja, Miguel Molledo, que habían sido absueltos por la Audiencia de Madrid / Exculpados dos ex responsables de Siemens por prescripción
La Justicia tarda 17 años en condenar a la comisionista del PSOE en el AVE
El Tribunal Supremo sentencia a Aida Alvarez a seis meses de prisión por considerar probado, tal y como denunció EL MUNDO, que siendo coordinadora de finanzas del partido recibió dinero de Siemens por la adjudicación a esta firma de los contratos del tren de Alta Velocidad Madrid-Sevilla
MARIA PERAL

MADRID.- El Tribunal Supremo puso ayer el punto final al último proceso penal sobre la trama de financiación ilegal del PSOE, descubierta en 1991 por EL MUNDO, con la condena de la ex coordinadora de finanzas del Partido Socialista, Aida Alvarez, y de su marido, Miguel Molledo, por un delito de falsedad documental continuada del que habían sido absueltos por la Audiencia Provincial de Madrid.

Se trata de la segunda condena que recae sobre Alvarez y Molledo por hacer de intermediarios en el cobro de comisiones, en este caso por la adjudicación de los millonarios contratos del primer Tren de Alta Velocidad. El Supremo ha confirmado las condenas a otros cuatro comisionistas también vinculados al PSOE.

La sentencia de la Sala Penal del Supremo sobre el caso AVE ratifica las condenas a un año de prisión impuestas por la Sección 17 de la Audiencia de Madrid a los socialistas Juan Carlos Mangana (miembro del comité electoral del PSOE en 1986), Sotero Jiménez (ex secretario de Guillermo Galeote, antiguo responsable de finanzas del partido), el concejal Valentín Medel y Florencio Ornia (director del gabinete de seguimiento para las situaciones de crisis en La Moncloa), que a través de sus empresas GMP y Atacir cobraron comisiones por los contratos del Tren de Alta Velocidad Madrid-Sevilla de los que resultó adjudicataria la compañía alemana Siemens. Todos ellos extendieron contratos y facturas ficticias para ocultar el pago de comisiones, de ahí que fueran condenados por falsedad en documentos mercantiles.

El mismo papel de comisionistas realizaron Aida Alvarez, en aquella época coordinadora de las finanzas del PSOE, y su pareja, Miguel Molledo, por medio de sus empresas del Grupo 2020. La Audiencia madrileña les absolvió porque ambos ya fueron condenados en 1997 a sendas penas de dos años y cuatro meses de cárcel por el mismo delito de falsedad documental en el llamado caso Filesa, penas que cumplieron.

Del caso Filesa, instruido y juzgado por el Tribunal Supremo en los años 90, nació el caso AVE. La primera referencia al cobro de comisiones por la adjudicación de contratos del Tren de Alta Velocidad la hizo el contable de Filesa, Carlos van Schouwen, en una declaración ante el juez Marino Barbero en abril de 1991. Después, durante un registro en Siemens, se descubrieron documentos que apuntaban al pago de más de 1.000 millones de pesetas (seis millones de euros) por parte de la empresa germana. En 1994, Barbero decidió desglosar de la causa sobre Filesa los pagos por el AVE, de los que a partir de entonces se ocupó el Juzgado de Instrucción número 39 de Madrid.

Aunque la Audiencia reconoció que las falsedades documentales de Alvarez y Molledo en el caso Filesa eran distintas de las que se les imputaba en el caso AVE, consideró injusto que recibieran una nueva pena por hechos que pudieron ser juzgados en la causa sobre Filesa y formar parte de la condena que entonces merecieron. La Audiencia razonó que los acusados no podían ser sometidos a un «doble castigo por simples motivos de gestión procesal», en alusión al hecho de que la investigación de los contratos del AVE fue separada del caso Filesa.

Estimando un recurso del fiscal y del PP, el Supremo corrige en este punto una sentencia (de la que fue ponente la magistrada Manuela Carmena) que, por lo demás, elogia por su «solvencia y rigor». El Alto Tribunal recuerda que «si se tramitan dos procesos distintos en relación con hechos distintos no puede haber cosa juzgada, ya que los hechos introducidos en el segundo proceso son materialmente diferentes». En estos casos, una de las vías para evitar una condena desproporcionada es «moderar la pena en el segundo proceso», solución por la que opta la Sala imponiendo a Aida Alvarez y Miguel Molledo la sanción mínima posible, seis meses de cárcel.

El otro punto en el que el Supremo rectifica la resolución de la Audiencia de Madrid es el relativo a la condena a un año de cárcel impuesta a los ex responsables de Siemens Mario Huete y Francisco Francés, que han sido absueltos.

El Alto Tribunal no desmiente que ambos pagaron comisiones después de que Siemens resultara adjudicataria de sustanciosos contratos del AVE, pero considera que su responsabilidad criminal está prescrita porque la última factura falsa que abonaron data de agosto de 1991 y no fueron llamados a declarar como imputados hasta diciembre de 1994, en el caso de Huete, y febrero de 1995 en el caso de Francés, es decir, una vez que ya había transcurrido el plazo de prescripción de tres años.

La Sala no ha aceptado el argumento de la Fiscalía que daba eficacia interruptiva de la prescripción a una providencia en la que el Juzgado instructor ordenó que se investigasen las relaciones económicas entre Siemens y el Grupo 2020.

En contra de lo pretendido por el PP, el Supremo confirma las absoluciones del entonces presidente de Renfe, Julián García Valverde, y del responsable de compras de la compañía, Leopoldo Iglesia. La sentencia del Alto Tribunal, con ponencia del magistrado José Ramón Soriano, ratifica que «no hay prueba alguna» ni siquiera de que conocieran que se estaban pagando comisiones, al tiempo que critica que el PP «parta de una versión de los hechos personal e incongruente».

 © Mundinteractivos, S.A.
 

 

 
 
 

 

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